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Indemnización por despido: cómo calcularla en 2024

La indemnización por despido es la cantidad que corresponde percibir a los trabajadores cuando, por diversos motivos, su relación laboral es extinguida por la empresa para la que trabaja.

En este post abordaremos brevemente como calcularla de manera sencilla en función del salario que tengamos, la antigüedad en la empresa y el tipo de despido que tratemos.

1) Calcular el salario diario:

Para ello tomaremos el salario bruto anual de los últimos 12 meses con las pagas extraordinarias restándole los emolumentos que no computen, por ejemplo: los pluses de transporte (no tienen naturaleza salarial), ni las dietas, ni las aportaciones a planes de seguro que haya hecho la empresa en nuestro favor durante la duración de la relación laboral.

Una vez contemos con la cifra anual de salario bruto, este se divide entre los 365 días que tiene el año.

Por ejemplo: si usted percibe 1.500 euros al mes más dos pagas extraordinarias de 1.500 euros, su salario/día será:

1.500 x 12 = 18.000

1.500 (pagas extraordinarias) x 2 = 3.000

Su salario anual completo será: 21.000 euros y su salario diario 21.000/365 = 57,53 euros/día

2) Conocer su antigüedad en la empresa

La antigüedad se considera por meses, de manera que tenemos que contar los meses que transcurren desde que comenzamos a trabajar en la empresa hasta la fecha en que el despido se haya hecho efectivo.

Así, si usted comenzó a trabajar en la empresa el 1 de febrero de 2020 y la fecha de despido es el 10 de noviembre de 2024:

Tendremos que tener en cuenta los 48 meses de trabajo desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 1 de febrero de 2024 (4 años completos) y, tras ello, los 9 meses que transcurren desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 10 de noviembre, esto es 9 meses y 10 días; si bien los meses –a efectos de indemnización- se tienen que contar de manera completa, así en vez de 9 meses y 10 días, serán 10 meses.

Tras sumarlos a los anteriores 48, obtenemos una antigüedad de 58 meses.

3) Habrá que tener en cuenta el tipo de despido que afrontemos

Fundamentalmente podremos estar ante dos formas de despido, en atención a sus límites económicos, es decir:

  1. Despido objetivo

 

El que se produce a razón de causas económicas, técnicas, organizativas, productivas, ineptitud sobrevenida o falta de adaptación. La indemnización en este caso será de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 meses.

 

Según el ejemplo anterior: un salario de 57,53 euros al día x 58 meses de antigüedad x 20 días de salario / 12 meses proporciona una indemnización de 5.561,64 euros.

 

Indemnización que corresponde por entero al trabajador, puesto que se encuentra dentro del límite de salario de 12 meses (20.710,80 euros).

 

 

  1. Despido objetivo declarado improcedente o despido disciplinario declarado improcedente

 

En ambos casos, estaremos ante el supuesto de que el trabajador despedido ha impugnado su despido y este ha sido declarado improcedente.

 

Así los límites indemnizatorios varían, teniéndose en cuenta el de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades

 

En este punto hay que tener en cuenta que, para las relaciones laborales comenzadas antes del 12 de febrero de 2012, corresponde, hasta esa fecha, una indemnización de 45 días de salario por año trabajado con el límite de 42 mensualidades.

Según el caso: 57,53 euros de salario diario x 33 días por año trabajado x 58 meses de antigüedad/12 meses determina una indemnización de 9.176,03 euros.

Que procede abonar íntegramente al trabajador puesto que no supera el límite de 24 mensualidades de salario (41.421,60 euros).

 

En Zabala-Elosegui Abogados, somos especialistas en Derecho Laboral y podemos ayudarte.