¿Puedo solicitar Golden Visa en 2025?: Golden Visa en España: Cambios y Oportunidades.
Las Golden Visa en España han sido una opción popular para inversores extranjeros que buscan residir en el país mediante la realización inversiones significativas. Sin embargo, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, supone un cambio de escenario que comporta desafíos.
Este artículo explica qué son las Golden Visa, las modificaciones importantes derivadas de la nueva legislación y cómo afectarán a los futuros solicitantes y titulares actuales.
¿Qué Son las Golden Visa en España?
Las Golden Visa son permisos de residencia que se otorgan a ciudadanos extranjeros que realizaban inversiones sustanciales en España, con el fin de fomentar la inversión extranjera, la creación de empleo y el desarrollo económico del país. Estas visas fueron introducidas por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Regulación Básica de las Golden Visa
Antes de la reforma, los interesados en obtener una Golden Visa en España debían realizar inversiones en alguna de las siguientes áreas:
- Inversión inmobiliaria: Adquisición de bienes inmuebles por un valor superior a 500.000 euros.
- Inversión en activos financieros: Incluye:
- 2 millones de euros en títulos de deuda pública española.
- 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas con actividad económica real.
- 1 millón de euros en fondos de inversión constituidos en España.
- 1 millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
- Proyecto empresarial: Invertir en un proyecto que fomente el desarrollo económico y la creación de empleo, acompañado de un informe favorable.
El visado inicial se otorgaba por 1 año, salvo en el caso de la inversión inmobiliaria, que era de 6 meses. Si el solicitante ya se encontraba legalmente en España, podía solicitar una autorización de residencia de 3 años.
Modificación en la Ley Orgánica 1/2025: El Fin de las Golden Visa
La Ley Orgánica 1/2025, que entrará en vigor el 2 de abril de 2025, deroga, en su disposición final vigesimoprimera, el régimen de las Golden Visa al eliminar las modalidades de inversión establecidas en los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013. La reforma supone un cambio sustancial en la política migratoria de España, reorientando el enfoque hacia otros tipos de inversiones.
Además, la reforma se alinea con una tendencia europea de revisión de los visados por inversión, especialmente a raíz de preocupaciones sobre la seguridad y la transparencia financiera.
¿Cómo Afecta la Reforma a los Solicitantes de Golden Visa Antes del 2 de Abril de 2025?
1) Solicitudes presentadas antes del 2 de abril de 2025
Aquellos inversores o familiares de inversores que hayan presentado su solicitud antes de la entrada en vigor de la reforma podrán seguir el proceso conforme a la normativa vigente en el momento de la solicitud. En este caso, podrán obtener el visado o la autorización correspondiente según la Ley 14/2013, sin verse afectados por la eliminación de la Golden Visa, que entrará en vigor el 2 de abril.
En este caso, es imprescindible comprender los plazos de obtención del visado dado que, en la modalidad de inversión inmobiliaria, el proceso de adquisición del inmueble y su registro suponen un transcurso de tiempo que, de no gestionarse correctamente, podría hacer perder la oportunidad de lograr la Golden Visa antes de la entrada en vigor de la nueva Ley; puesto que no es necesario únicamente desembolsar el precio del inmueble sino haber iniciado los trámites legales del permiso de visado.
2) Renovación de permisos ya concedidos
Los visados y autorizaciones ya concedidos antes de la entrada en vigor de la reforma mantendrán su validez durante el período para el que fueron expedidos. En caso de que se solicite una renovación, la tramitación se realizará conforme a la normativa vigente en el momento de la concesión de la autorización inicial.
En ambos casos será necesario contar con asesoría jurídica especializada dado que, por la inminente entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, cualquier inconveniente en el proceso de obtención del visado, podría impedir solicitarlo por rebasarse la fecha límite del 2 de abril de 2025.
Problemas de la Reforma: Desafíos y Alternativas
La reforma legal mencionada, marca el fin de un régimen que, a la fecha, ha sido ampliamente utilizado en España.
A partir del 2 de abril de 2025, los inversores deberán buscar otras vías para obtener residencia, y aquellos con permisos actuales seguirán bajo las condiciones previas hasta la expiración de sus autorizaciones, salvo que se solicite renovación que podrá acomodarse a la norma conforme a la cual fue expedido el visado.
Con la nueva legislación, los futuros inversores deberán explorar otras vías de residencia, y aquellos interesados en invertir en España deberán adaptarse a nuevas condiciones que favorezcan inversiones en proyectos más orientados a la creación de empleo y a la innovación..
Si necesitas orientación sobre cómo la reforma de la Ley Orgánica 1/2025 te afectará o deseas explorar alternativas disponibles para residir en España u obtener la Golden Visa antes del 2 de abril, en Zabala-Elosegui Abogados somos especialistas y podemos asesorarte en tu proceso de obtención del visado o residencia.